Boletín Oficial de las Islas Baleares el Convenio de Comercio
El jueves día 9 de agosto se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares el Convenio de Comercio para la Comunidad Autónoma Balear.
Recordamos los puntos más importantes que modifican el Convenio:
Recordamos los puntos más importantes que modifican el Convenio:
1.- Vigencia: Dos años. Desde el 01/04/11 hasta el 31/03/13.
2.- Incremento salarial: de un 0,5 % desde el 01/04/11 hasta el 31/03/12 (sin efectos retroactivos).
3.- Incremento salarial: de un 0,6 % desde el 01/04/12 hasta el 31/03/13.
4.- No se aplica la previsión que contempla artículo 86 del E.T., garantizando la vigencia del actual convenio mientras no se acuerde uno nuevo.
5.- Si el periodo de vacaciones coincide con una incapacidad temporal que imposibilita al trabajador o a la trabajadora disfrutarlas, las vacaciones se pueden disfrutar una vez finalice la I.T.
5.- Si el periodo de vacaciones coincide con una incapacidad temporal que imposibilita al trabajador o a la trabajadora disfrutarlas, las vacaciones se pueden disfrutar una vez finalice la I.T.
Desde UGT valoramos positivamente la este Convenio tras haber conseguido dejar sin efecto un aspecto muy preocupante de la nefasta reforma laboral que establece que los trabajadores se pueden quedar sin Convenio cuando los agentes sociales y económicos no logren un acuerdo tras la finalización de la vigencia de su Convenio.
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