Carpeta laboral / El paro (1)

INSCRIPCIÓN Y SOLICITUD

Finiquitada la relación laboral, ya sea por extinción o por suspensión de la misma, llega el momento de acudir a la oficina de empleo para inscribirse como demandante de trabajo y, en su caso, solicitar una posible prestación.

Si bien soy consciente que, por desgracia, un gran sector de la población es, a
día de hoy, plenamente conocedora del funcionamiento del proceso en cuestión valoro, no obstante, de gran importancia dedicar una sección al mismo para facilitar, a quiénes puedan necesitarlas, unas nociones básicas sobre el tema.

HE DE EMPEZAR señalando que el procedimiento de inscripción al paro’ debe realizarse dentro de los quince días hábiles (no se cuentan ni domingos ni
festivos pero sí los sábados) siguientes a la fecha de rescisión o suspensión contractual.

Dicho proceso consta de dos trámites. El primero de los mismos se lleva a cabo ante las oficinas del SOIB –estar inscrito en su registro es un requisito indispensable para solicitar cualquier tipo de prestación por desempleo- donde se os facilitará la tarjeta para sellar –conocida técnicamente como tarjeta DARDE o tarjeta de demanda de empleo- y el segundo ante las del SEPE-INEM –organismo responsable del pago de las prestaciones por desempleo-.

En ambos casos la tramitación podrá hacerse bien online bien vía presencial. En el supuesto de decantarnos por la segunda opción, la presencial, indicaros que, en Menorca disponemos de dos sedes de cada uno de los servicios indicados -estando además, ambas oficinas, juntas en un mismo edificio en los dos casos-, una de ellas en Mahón (Pza. Augusto Miranda, s/n) y la otra en Ciutadella (C/ Antoni Maria Claret, 70).

Tendréis que dirigiros a uno u otro emplazamiento en función del término municipal en el que estéis empadronados.
Sin embargo es importante avisaros de que antes de personaros en las dependencias de uno y otro organismo deberéis pedir cita previa para cada uno de los mismos a través de internet (SOIB: www.soib.es/ SEPE: www.citapreviasepe. es) o telefónicamente (SOIB: 012/ SEPE: 901.01.02.10 o 971.98.07.79).

Seguidamente indicaros que la documentación básica que precisaréis para efectuar vuestra solicitud será, en ambos casos, vuestro DNI (NIE, TIE O tarjeta comunitaria) en vigor, libro de familia (si tenéis descendientes menores de 26 años –o mayores discapacitados- a vuestro cargo)
y certificado de empresa (documento que, tal y como expusimos en el artículo
«El finiquito I», deberá entregaros la empresa o enviarlo telemáticamente a la oficina de empleo, al finalizar o suspenderse la relación laboral y que acreditará vuestros últimos 180 días de cotización).Además se os podrá solicitar más documentos en función de cada caso y circunstancia personal.


ES IMPORTANTE TENER PRESENTE que el que tengáis o no derecho a una prestación por desempleo dependerá de muchos factores que, además, variarán en función del tipo de prestación de la que hablemos -prestación de carácter contributivo, un subsidio o una ayuda extraordinaria-.

Así pues, para ser beneficiarios de lo que conocemos como ‘el paro’ propiamente dicho –oficialmente llamado prestación contributiva por desempleo- será indispensable tener presente vuestro tiempo de cotización –de trabajo- previo a la solicitud que deberá ser, al menos, de 360 días (1 año), consecutivos o no, dentro de los seis años anteriores a vuestra instancia. Para los demás supuestos, subsidios o ayudas extraordinarias (Plan Prepara y Renta Activa de Inserción), se tendrán en cuenta otros elementos, siendo el primero de los mismos no haber cotizado el tiempo suficiente para poder acceder a una prestación de contributiva –’al paro’-.

En las próximas secciones entraremos a hablar con más detalle sobre cada prestación. Sin embargo, quiero recordaros que estas líneas son, en todo caso, un apunte general sobre la materia, por lo que os invito a que ante toda duda que os surja en este campo acudáis a cualquiera de las dos sedes del SOIB y del SEPE- INEM que tenemos en Menorca para asesoraros o, si lo preferís, entrar en sus portales web (SOIB: www.soib.es / SEPEINEM: www.sepe.es) para informaros al respecto.

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