Carpeta laboral / El paro (1)
INSCRIPCIÓN Y SOLICITUD
Si
bien soy consciente que, por desgracia, un gran sector de la población es, a
día
de hoy, plenamente conocedora del funcionamiento del proceso en cuestión valoro,
no obstante, de gran importancia dedicar una sección al mismo para facilitar, a
quiénes puedan necesitarlas, unas nociones básicas sobre el tema.
✒ HE DE EMPEZAR señalando
que el procedimiento de inscripción al paro’ debe realizarse dentro de los
quince días hábiles (no se cuentan ni domingos ni
festivos
pero sí los sábados) siguientes a la fecha de rescisión o suspensión
contractual.
Dicho
proceso consta de dos trámites. El primero de los mismos se lleva a cabo ante
las oficinas del SOIB –estar inscrito en su registro es un requisito
indispensable para solicitar cualquier tipo de prestación por desempleo- donde
se os facilitará la tarjeta para sellar –conocida técnicamente como tarjeta
DARDE o tarjeta de demanda de empleo- y el segundo ante las del SEPE-INEM –organismo
responsable del pago de las prestaciones por desempleo-.
En
ambos casos la tramitación podrá hacerse bien online
bien vía presencial. En el supuesto de decantarnos por la segunda opción, la presencial,
indicaros que, en Menorca disponemos de dos sedes de cada uno de los servicios
indicados -estando además, ambas oficinas, juntas en un mismo edificio en los
dos casos-, una de ellas en Mahón (Pza. Augusto Miranda, s/n) y la otra en Ciutadella
(C/ Antoni Maria Claret, 70).
Tendréis
que dirigiros a uno u otro emplazamiento en función del término municipal en el
que estéis empadronados.
Sin
embargo es importante avisaros de que antes de personaros en las dependencias de
uno y otro organismo deberéis pedir cita previa para cada uno de los mismos a
través de internet (SOIB: www.soib.es/ SEPE: www.citapreviasepe.
es) o telefónicamente (SOIB: 012/ SEPE: 901.01.02.10 o 971.98.07.79).
Seguidamente
indicaros que la documentación básica que precisaréis para efectuar vuestra
solicitud será, en ambos casos, vuestro DNI (NIE, TIE O tarjeta comunitaria) en
vigor, libro de familia (si tenéis descendientes menores de 26 años –o mayores
discapacitados- a vuestro cargo)
y
certificado de empresa (documento que, tal y como expusimos en el artículo
«El
finiquito I», deberá entregaros la empresa o enviarlo telemáticamente a la
oficina de empleo, al finalizar o suspenderse la relación laboral y que
acreditará vuestros últimos 180 días de cotización).Además se os podrá solicitar
más documentos en función de cada caso y circunstancia personal.
✒ ES IMPORTANTE
TENER PRESENTE que el que tengáis o no derecho a una
prestación por desempleo dependerá de
muchos factores que, además, variarán
en función del tipo de prestación de la
que hablemos -prestación de carácter
contributivo, un subsidio o una ayuda extraordinaria-.
Así
pues, para ser beneficiarios de lo que conocemos como ‘el paro’ propiamente
dicho –oficialmente llamado prestación contributiva por desempleo- será
indispensable tener presente vuestro tiempo de cotización –de trabajo- previo a
la solicitud que deberá ser, al menos, de 360 días (1 año), consecutivos o no,
dentro de los seis años anteriores a vuestra instancia. Para los demás supuestos,
subsidios o ayudas extraordinarias (Plan Prepara y Renta Activa de Inserción), se
tendrán en cuenta otros elementos, siendo el primero de los mismos no haber
cotizado el tiempo suficiente para poder acceder a una prestación de contributiva
–’al paro’-.
En
las próximas secciones entraremos a hablar con más detalle sobre cada
prestación. Sin embargo, quiero recordaros que estas líneas son, en todo caso,
un apunte general sobre la materia, por lo que os invito a que ante toda duda
que os surja en este campo acudáis a cualquiera de las dos sedes del SOIB y del
SEPE- INEM que tenemos en Menorca para asesoraros o, si lo preferís, entrar en
sus portales web (SOIB: www.soib.es / SEPEINEM: www.sepe.es) para informaros al
respecto.
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