¿Quién compone el CESM en Menorca y cuando se reúnen?

El PLENO del CESM se compone de 28 miembros titulares y sus respectivos suplentes repartidos de la siguiente manera:

8 representantes en representación de la Administración local de Menorca designados por el Consell Insular de Menorca.

1 Repr. Ayuntamiento de Maó                             Alcaldesa
1 Repr. Ayuntamiento de Ciutadella                     Regidor
1 Repr. Ayuntamiento de Alaior                          Alcaldesa
1 Repr. Ayuntamiento de Es Migjor Gran            Regidor
1 Repr. del Grup Més per Menorca                      Presidenta Consell
1 Repr. del Grup Socialista                                  Vicepresidenta Consell
1 Repr. del Grup Podemos                                   Vicepresidenta Consell
1 Repr. del Grup Popular                                     Portavoz

8 representantes en representación de las organizaciones sindicales mas representativas en el ámbito insular según Ley 11/85.

4 Repr. de la Unión General de Trabajadores          UGT- Menorca
4 Repr. de Comisiones Obreras de Menorca            CC.OO-Menorca

8 representantes en representación de las organizaciones organizaciones empresariales mas representativas en el ámbito Insualr según Lei 32/84 y la disposición adicional 6ª del Estatuto de los Trabajadores.

4 Repr. de la Pequeña y Mediana Empresa              PYME- Menorca
4 Repr. de Conf. de Asociaciones Empresariales     CAEB-Menorca

4 Miembros de reconocido prestigio y experiencia en el ámbito Insular designados por la presidenta del Consell Insular y a propuesta unánime del Pleno.

La Comisión Permanente del CESM se compone de 6 miembros repartidos de la siguiente manera:

1 Presidenta del Consell              Presidenta del CESM
1 Representante de UGT             Vocal
1 Representante de CC.OO        Vocal
1 Representante de PYME          Vocal
1 Representante de CAEM         Vocal
1 Representante Ad. Local         Vocal-Alaior

ü El Pleno del CESM se reúne cada 4º Jueves de Enero, Mayo, Septiembre, y Noviembre con carácter ordinario.
ü La Comisión Permanente se reúne cada 2º Jueves de Enero, Mayo, Septiembre, y Noviembre con carácter ordinario.
ü La Comisión Permanente se podrá reunir tantas veces como sea necesario con carácter extraordinario, de igual manera el Pleno del mismo.


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